Canal interno de denuncias
I. Presentación del canal
Las personas que trabajan para una entidad pública o privada, como es el caso de los empleados de la Fundación Laboral del Metal, son a menudo las primeras en tener conocimiento de amenazas o infracciones que surgen en el contexto laboral.
Al informar sobre comportamientos de este tipo, dichas personas actúan como denunciantes y desempeñan un papel clave que contribuye a proteger el bienestar de la sociedad. Sin embargo, a menudo los posibles denunciantes renuncian a informar sobre sus preocupaciones o sospechas por miedo a sufrir represalias. Por ello, es sumamente importante ofrecer una protección efectiva a los denunciantes.
La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción reconoce a las personas trabajadoras del sector público o privado la posibilidad de informar sobre infracciones ocurridas en el marco laboral. Esta ley tiene pretende otorgar una protección adecuada frente a las represalias que puedan sufrir los denunciantes.
Por ello, la Fundación Laboral del Metal, en compromiso con su ética profesional, ha habilitado en su portal web un Sistema interno de Información y Protección al Denunciante que permite a aquellos conocedores de irregularidades ocurridas en el escenario laboral, informar sobre dichas infracciones. Este sistema interno está diseñado y gestionado de forma segura, de modo que queda garantizada la confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier tercero mencionado en la comunicación.
La información transmitida a través del Canal de permite a la Fundación poner en marcha acciones de mejora en todos los procedimientos de funcionamiento y comportamiento ético.
Se establece como requisito fundamental para la utilización de este Canal que los informantes actúen siempre de buena fe, garantizando que toda la información proporcionada sea veraz en el momento de la comunicación. Por tanto, no está permitida la presentación de denuncias falsas. Si se acreditara que la información facilitada o parte de ella no es veraz, se procederá a su inmediata supresión, salvo que dicha falta de veracidad constituya un delito penal; en cuyo caso se guardará la información durante el transcurso del procedimiento judicial que corresponda.
II. Procedimiento de gestión de informaciones
El órgano directivo de la administración de la Fundación Laboral del Metal es el responsable de la gestión de dicho sistema. Nuestro “Responsable del Sistema” recibirá las informaciones planteadas a través de nuestro Canal, organizándolas y remitiéndolas a las personas responsables de analizarlas según cada supuesto concreto.
Los datos que sean objeto de tratamiento podrán conservarse en el sistema de informaciones únicamente durante el tiempo imprescindible para decidir sobre la procedencia de iniciar una investigación sobre los hechos informados.
III. ¿Cómo puede presentar una denuncia?
En caso de que haya tenido conocimiento o acceso a cualquier irregularidad o acto que resulte contrario a la legalidad penal o administrativa vigente, y que haya podido ser cometido dentro o por parte de la Fundación, puede presentar una denuncia:
- A través de correo postal, enviando una carta dirigida nuestro domicilio social: C/ Joaquín Salas 19. 39011. Peñacastillo, Santander.
- A través del formulario de contacto habilitado a continuación: *ACCEDER AL FORMULARIO DE CONTACTO*.
- Por vía telefónica o a través de sistema de mensajería de voz. Para ello, puede llamar al siguiente teléfono: 942 23 99 06.
- De forma presencial, solicitando una reunión con algún miembro o Responsable de la Fundación en la dirección anteriormente indicada.
Puede realizar su comunicación de forma anónima o identificándose, debiendo escoger para ello el medio que más se adecúe a sus intereses.
IV. Plazos para responder y procesar las denuncias internas
- Plazo de 7 días naturales, a contar desde la recepción de la denuncia, para enviar un acuse de recibo al denunciante.
- Plazo de 3 meses para desarrollar la investigación interna. Al concluir dicho plazo, el personal de la Fundación Laboral del Metal informará al denunciante del resultado de la investigación y de las medidas adoptadas.
V. Comunicación de la resolución
El miembro del personal designado por la Fundación se pondrá en contacto con el denunciante; o en su defecto, con su representante legal, para informarle sobre la resolución de la denuncia presentada. La comunicación se realizará a través de los datos de contacto aportados por su parte, salvo en los siguientes casos:
- Que pueda poner en peligro la confidencialidad de la información recibida, así como la adecuada gestión y resolución de la denuncia.
- Que el denunciante hubiere elegido comunicarse de manera anónima, no teniendo ningún dato de contacto disponible.
- Que el informante hubiera renunciado expresamente a recibir comunicaciones relativas a la gestión y resolución de la denuncia presentada.
VI. Confidencialidad
Todos los datos recogidos son tratados bajo el más estricto compromiso de confidencialidad por parte de los responsables autorizados para su gestión con estas finalidades. La identidad del denunciante que informe de alguna infracción ocurrida en el marco laboral será estrictamente confidencial, y no se revelará a la/s persona/s sobre la/s que se refieran los hechos relatados.